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Hay un subvención para la gente que van de prisión después de estar privadas de independencia durante más de seis meses.
Requisitos para la app de la subvención a los liberados o «liberados»
Actualizado: 20.01..
- Tras su puesta en independencia, siempre y cuando esté privado de independencia a lo largo de mucho más de seis meses. Asimismo puedes beneficiarte de esta asistencia inferiores liberados de un centro de detención tener mucho más de 16 años en el instante de la liberación y personas que han completado un régimen incapacitante por su adicción a las drogas, siempre y cuando su duración sea mayor a 6 meses y haya visto dictada la pena privativa de independencia.
- Estar desempleado.
- Estar registrado como solicitante de empleo (apunta al desempleo). Tras salir de la prisión, hay un mes para crear una cuenta para el desempleo y después de ser registrado para el desempleo, debe omitir un mes (mes de espera) antes de pedir asistencia.
- Firma el deber de actividad, las llamadas «obligaciones de los desempleados»
- No rechazó una oferta de colocación correcta.o se ha negado a formar parte en ofertas, capacitación o readiestramiento desde el registro pertinente como demandante de empleo.
- No tienes capital propios de cualquier clase que acumule mucho más del 75% del salario mínimo interprofesional (SMI) en ., o sea, que no pase los 712,50 euros / mes (+ info)
- No tener derecho a posibilidades contributivas por desempleo (parada habitual)
- Esa privación de independencia duró mucho más de 6 meses (181 o mucho más días).
Si en el instante de pedir la asistencia, el solicitante asimismo cumple con los requisitos de subvención para mayores de 52 años (+ información), esta va a ser la favorita, en tanto que tiene mejores condiciones que los liberados de prisión.
En la situacion de infracciones, hay requisitos concretos:
- La situacion de los condenados por delitos relacionados con organizaciones o conjuntos terroristas, delitos de terrorismo y delitos realizados en una organización o conjunto delictivo: se debe existir satisfecho la compromiso civil derivada del delito, soliciar excusas a las víctimas y dar pruebas indudables de que han descuidado el conjunto / organización y tienen que haber cooperado activamente con las autoridades para impedir nuevos delitos, atenuar sus efectos o asistir en la atrapa, identificación y enjuiciamiento de integrantes de la organización / conjunto o para otorgar pruebas contra sus conjuntos.
- La situacion de los condenados por abuso y agresión sexual a inferiores de 13 años, prostitución o corrupción de inferiores en el momento en que la víctima es menor de 13 años: se debe existir cumplido la compromiso civil derivada del delito y las víctimas se han disculpado de manera expresa .
Duración del subvención para los liberados
La duración de la subvención es 6 meses, extensible hasta un máximo 18 meses siempre y cuando se contengan los requisitos.
¿Cuánto cobra este subvención?
El monto va a ser igual al 80% del Indicio Público de Capital de Efectos Múltiples (IPREM). Esta proporción de asistencia en . es 451,92 euros / mes. El pago se efectúa por los meses vencidos, entrando en la cuenta corriente del desempleado el día 10 del mes siguiente.
Plazos de petición y de qué forma enseñar la petición
El período para pedir la subvención para los liberados es 15 días hábiles (todos salvo sábados, domingos y festivos), que empieza a contar desde el día después en el final del mes de espera.
El mes de espera comienza a contar, desde el instante en que el preso liberado, ahora liberado, se registra por desempleo.
Ejemplo: Juan sale de la prisión el 1 de enero. Tienes un mes para apuntarte a la huelga y decides proceder a la huelga el 7 de enero. En este momento debes omitir el mes de espera, hasta el 7 de febrero, y desde esa fecha tienes 15 días hábiles para pedir el subvención de excarcelación.
Si la subvención se pide fuera de este período, la asistencia no se pierde, pero, como sanción, deja de percibirse cada día en que se pase el período legal.
La petición se puede mandar de múltiples formas:
Documentación para pedir el subvención para los liberados de prisión
- El formulario de petición oficial. los el formulario de petición general de financiación (marcando la opción «Persona liberada»). Puede descargarlo desde este link: formulario de petición de subvención.
En él va a deber señalar los datos de la domiciliación, la cuenta de desenlaces conseguida por el solicitante y firmar la autorización a fin de que la SEPE pida información a la Agencia Tributaria. Asimismo se firma el llamado «deber de actividad», las obligaciones que se aceptan al recibir las posibilidades por desempleo.
- Documentos de identificación del solicitante (DNI para españoles y pasaporte o cédula de identidad para extranjeros).
- Comprobante de capital (declaración de impuestos, etcétera.), a solicitud de la oficina de empleo.
- Certificado concreto. Para pedir esta beca, se necesitan certificados destacables:
– Certificación del directivo del Centro Carcelario: Hay que nombrar la liberación, las datas de entrada y salida de la prisión y las causas tanto de la entrada como de la salida.
– Certificación de cumplimiento de requisitos concretos: El cumplimiento de los requisitos concretos se acreditará con un certificado particular emitido por el directivo del Centro Carcelario, señalando si se han cumplido o no estos requisitos. Para mucho más información, puede bajar las normas de las instituciones penitenciarias para su emisión y los modelos de certificación.
– Además de esto, si mientras que estuvo privado de independencia trabajó, va a deber proveer certificado de compañía (+ info), si no fué enviado por la compañía al Servicio Público de Empleo.
Otras inquietudes comunes
Tras la salida de prisión, ¿se puede cobrar el beneficio fiscal?
Todo lo explicado hasta la actualidad una parte del supuesto de que el trabajador no posee derecho al paro habitual, las llamadas «ayudas contributivas», paro por tener mucho más de un año de cotizaciones amontonadas y no consumidas. Sin embargo, es posible que, antes de ser puesto en independencia, la persona haya juntado cotizaciones por desempleo a lo largo de mucho más de 360 días en los últimos seis años o las haya juntado por trabajo en prisión. En un caso así, sería obligación pedir posibilidades contributivas por desempleo en vez de la subvención.
¿Qué sucede si cobro el desempleo y voy a la prisión?
Estando en prisión, se pierde la intención de trabajar, con lo que no se tienen la posibilidad de reclamar posibilidades por desempleo.. No obstante, si al trabajador se le concedió un beneficio antes de la privación de independencia y tiene responsabilidades familiares (cónyuge o hijos inferiores de 26 años), entonces Puede proseguir cobrando el beneficio.
Analizaremos todas y cada una de las ocasiones probables en las que se cobró un beneficio o subvención antes o a lo largo de la privación de independencia. > ayudas del sistema público de empleo a la reintegración (+ información)
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